Tributario

DGI advierte sobre la circulación de facturas fraudulentas

Julio 30, 2026
4 min lectura
Estudio Migliaro
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DGI advierte sobre la circulación de facturas fraudulentas
La Dirección General Impositiva intensifica los controles sobre la emisión y utilización de comprobantes falsos.

¿Qué cambia?

La DGI intensifica los controles y refuerza la aplicación de sanciones sobre quienes utilizan facturas fraudulentas para disminuir indebidamente sus obligaciones tributarias.

Utilizar facturas fraudulentas constituye una de las formas más graves de incumplimiento tributario y puede generar severas consecuencias económicas y penales.

La normativa prevé sanciones económicas de entre una y quince veces el monto del impuesto defraudado, además del inicio de las acciones penales que puedan corresponder.
Las responsabilidades alcanzan a quienes emiten o utilizan estos comprobantes y a quienes participan en el diseño, la facilitación o la ejecución de estas maniobras.

¿En qué casos se considera fraudulenta?

Una factura, física o electrónica, es fraudulenta cuando documenta una operación que no refleja la realidad de los negocios y se utiliza para incrementar ficticiamente los créditos fiscales, con el objetivo de disminuir las obligaciones tributarias de quien la recibe.

Se consideran facturas fraudulentas aquellas que:

1
Documentan operaciones inexistentes.
2
Documentan operaciones por importes superiores a los efectivamente transados.
3
Documentan operaciones realizadas en el mercado informal, cuando quien realiza la operación no coincide con quien figura como emisor del comprobante.

¿Qué características tienen las entidades emisoras de facturas fraudulentas?

En general, las entidades que emiten facturas fraudulentas presentan algunas de las siguientes características:

  • Mantienen un incumplimiento tributario sostenido durante largos períodos.
  • Sus titulares o responsables aparentes suelen ser insolventes.
  • Fijan sus domicilios en zonas de difícil acceso o en direcciones inexistentes.
  • Presentan altos montos de facturación y gastos nulos o muy reducidos.
  • No desarrollan una actividad económica real y suelen ser conocidas como "empresas de papel", ya que no tienen personal ni infraestructura física.
  • Cuando realizan alguna actividad económica, cuentan con recursos insuficientes para ejecutar las operaciones que documentan.

Acciones desplegadas por la DGI

Según el nivel de riesgo identificado, la DGI puede aplicar las siguientes medidas:

  • Comunicaciones personalizadas para promover la regularización de la situación fiscal.
  • Auditorías fiscales.
  • Publicación de la nómina de contribuyentes involucrados, cuando se verifique la existencia de defraudación tributaria.
  • Desafiliación del régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE).
  • Invalidación de los comprobantes emitidos.
  • Publicación de la nómina de emisores desafiliados en el portal web.

Estas acciones buscan fortalecer el análisis, la detección temprana y el control del uso de facturas fraudulentas.

La DGI exhorta a los contribuyentes a no recurrir a estas prácticas, debido a sus graves consecuencias económicas y penales. Asimismo, recuerda que existen facilidades de pago para quienes presenten dificultades para cumplir con sus obligaciones tributarias.

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