El Decreto Nº 93/023 de 21/03/23 incluyó nuevos bienes a la nómina de
insumos agropecuarios que se encuentran desgravados en ocasión de su
importación, considerando el actual escenario de sequía en nuestro
país.
Antecedente
Mediante Decreto 194/979 de 30 de marzo de 1979 determinados insumos agropecuarios fueron desgravados en
ocasión de su importación, exonerándolos del pago de depósitos previos, recargos incluso el mínimo, de tributos
a la importación o aplicados en ocasión de la misma; de tasas portuarias y consulares y reduciendo al 0% el
Impuesto Aduanero Único a la Importación y la Tasa de Movilización de Bultos.
Inclusión
El Decreto Nº 93/023 de 21/03/23 incluyó a la nómina de insumos agropecuarios mencionado en el artículo 1°
del Decreto 194/979 los siguientes:
Las importaciones estarán sujetas, en lo que corresponda, a las disposiciones de control de la Dirección
General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Vigencia
Las disposiciones incluidas rigen desde la fecha de su publicación (23/03/2023) y durante un plazo de 180
días.
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